Plan Digital del Centro

Tal y como se recoge en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el uso generalizado de las tecnologías de información y comunicación en múltiples aspectos de la vida cotidiana ha acelerado cambios profundos en la comprensión de la realidad y en la manera de comprometerse y participar en ella, en las capacidades para construir la propia personalidad y aprender a lo largo de la vida, en la cultura y en la convivencia democráticas, entre otros.

Este cambio de enfoque requiere de una comprensión integral del impacto personal y social de la tecnología, de cómo este impacto es diferente en las mujeres y los hombres y una reflexión ética acerca de la relación entre tecnologías, personas, economía y medioambiente, que se desarrolle tanto en la competencia digital del alumnado como en la competencia digital docente.

En consecuencia, se hace necesario que el sistema educativo dé respuesta a esta realidad social e incluya un enfoque de la competencia digital más moderno y amplio, acorde con las recomendaciones europeas relativas a las competencias clave para el aprendizaje permanente.

La Ley también insiste en la necesidad de tener en cuenta el cambio digital que se está produciendo en nuestras sociedades y que forzosamente afecta a la actividad educativa. Por tanto, el desarrollo de la Competencia Digital es clave para que, tanto el profesorado como el alumnado, puedan desenvolverse en los nuevos escenarios, de manera que el alumnado pueda desarrollar las habilidades y competencias del siglo XXI, y el profesorado pueda mejorar y modernizar los procesos de enseñanza-aprendizaje. Es por ello, que todas las acciones educativas que se lleven a cabo en los centros necesitan que se garanticen tres pilares básicos que conforman un trinomio indivisible: pedagogía, tecnología y espacios inspiradores, donde cada elemento solo tiene sentido por su conjunción con el resto.

Por otro lado, la brecha digital (dificultad para el acceso a dispositivos y conectividad) ha evidenciado las desigualdades y vulnerabilidad socioeducativa del alumnado y de las familias. En consecuencia el lograr acceso a dispositivos y conectividad para todos y todas debe ser uno de los objetivos prioritarios en las políticas educativas actuales, para garantizar una educación de calidad inclusiva y equitativa, y para promover oportunidades de aprendizaje permanente para todas las personas. El plan digital de centro debe contemplar, entre sus actuaciones, estrategias para compensar las desigualdades y reducir la brecha digital, facilitando la educación digital en los distintos escenarios (enseñanza presencial y enseñanza no presencial) y poniendo a disposición del alumnado más vulnerable dispositivos con conectividad, mediante préstamo, si fuera necesario. 

Por último, el uso de las tecnologías digitales por parte del alumnado requiere una adecuada formación en ciudadanía digital para conseguir un buen uso y disfrute de las mismas, garantizando, por un lado, un desenvolvimiento pleno, seguro, saludable y responsable y por otro, la protección de datos personales y los derechos digitales propios y ajenos. Estos aspectos claves para el desarrollo integral del alumnado deben ser también objetivos del plan digital de centro.